Desde el Servicio Paz y Justicia informamos que hemos realizado una presentación en el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén, en la causa judicial “CORPORACIÓN MINERA DEL NEUQUÉN (CORMINE) S.E.P. C/ MUNICIPALIDAD DE LONCOPUÉ S/ MEDIDA CAUTELAR”. EXPTE. N° 3723/12 SEC. DEMANDAS ORIGINARIAS”, mediante la cual la empresa solicita a la justicia la suspensión del referéndum convocado por el Ejecutivo Municipal, el cual se llevara a cavo el 3 de junio del corriente año.
El escrito del Amigo del Tribunal (Amicus Curiae)solicitando que NO se suspenda el referendum, se baso fundamentalmente en tres ejes:
1- La participación ciudadana, el cual radica en el derecho que tiene los ciudadanos a decidir sobre la utilización de los recursos naturales, con base en el principio de la Autodeterminación de los Pueblos.
2- Autonomía Municipal respecto a que está en cabeza del Ejecutivo el poder de policía ambiental.
3- Principio de Precaución, el mismo esta normado en la Ley General del Ambiente (Ley 25675) el cual dispone: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.
La finalidad del Referéndum es que los ciudadanos del Pueblo de Loncopué se manifiesten, en que si quieren o no, que se lleven adelante en sus territorios proyectos extractivos mega mineros.
El compromiso del SERPAJ es acompañar a los pueblos a que se puedan manifestarse y desarrollarse de acuerdo a sus necesidades. Es por ello que hemos decidido realizar la mencionada presentación a fin de que los Jueces del Tribunal Superior de Justicia, tomen en cuenta el derecho que tienen estos Pueblos a auto determinarse.
Fundación Servicio Paz y Justicia
Más información: http://www.serpaj.org
Buenos Aires, 31 de mayo de 2012
Además está el convenio 169 de la OIT que da derecho a las comunidades a ser consultadas y a decidir.
Este convenio es vinculante y Argentino lo ratificó.
Si no se cumple se puede poner una demanda ante la OIT, aunque tiene que ser através de un grupo sindical.